Resolución del Registro Público
Registro Público suspenderá derechos corporativos a sociedades sin agente residente
(90 días para cumplir)
El Registro Público de Panamá publicó una nueva resolución mediante la cual suspenderá los derechos corporativos de todas las sociedades que no cuenten con un agente residente designado dentro del plazo establecido de 90 días.
Esta medida busca reforzar el cumplimiento legal y la transparencia en el registro de sociedades panameñas.
¿Qué significa “suspender derechos corporativos”?
Una sociedad con derechos suspendidos:
No puede inscribir actos ni documentos.
No puede realizar trámites legales o corporativos.
No puede modificar juntas, directores o dignatarios.
Queda limitada en operaciones comerciales básicas.
En resumen: la sociedad queda paralizada hasta corregir la infracción.
Multa por incumplimiento
Si la sociedad no designa agente residente dentro de los 90 días, la multa será de:
💰 USD $1,000.00
Y seguirá acumulando consecuencias administrativas adicionales.
¿A quién afecta esta resolución?
- Sociedades sin agente residente activo
- Sociedades con agente renunciado
- Sociedades cuyo agente no ha sido actualizado en el sistema
- Sociedades inactivas o abandonadas
- Empresas de extranjeros que desconocen esta obligación
¿Qué debe hacer la empresa?
- Verificar si su sociedad tiene agente residente vigente
- Actualizar datos en el Registro Público
- Designar un nuevo agente si es necesario
- Regularizar antes del vencimiento del plazoand Effective Legal Solutions